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¿Qué son los Residuos Peligrosos y Residuos de Manejo Especial?

Seguramente nos hemos preguntado qué se hace con todos los residuos peligrosos o los llamados residuos de manejo especial, debido a que conllevan un riesgo para el medio ambiente o para la salud del ser humano.

Pues bien, a la hora de hablar de residuos, tenemos 4 grandes categorías:

1.       Residuos: Material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso contenido en recipientes o depósitos y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final.

2.       Residuos de Manejo Especial: Son aquellos que se generan en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como residuos urbanos o como residuos peligrosos, o que son producidos por grandes generadores de residuos.

3.       Residuos Peligrosos: Son aquellos que poseen algunas características como la corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados, cuando estos se transfieran a otro sitio.

4.       Residuos Urbanos: Son aquellos que se generan en las casas habitación, en los establecimientos comerciales o en la vía pública, que de conformidad con lo que se establece en esta Ley no sean considerados como residuos de manejo especial ni como residuos peligrosos.

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Según la Ley, son residuos de manejo especial, aquellos que no son considerados como peligrosos de conformidad con las disposiciones federales aplicables. Éstos son:

I. Los provenientes de servicios de salud, generados por establecimientos que realicen actividades médicas-sanitarias a la población humana o animal, centros de investigación, desarrollo o experimentación en el área de farmacología y salud, con excepción de los biológico-infecciosos.

II. Residuos de las rocas o los productos de su descomposición que solo puedan utilizarse para la fabricación de materiales de construcción o se destinen para este fin, así como los productos derivados de la descomposición de las rocas.

III. Los productos no aptos para el consumo generados por establecimientos comerciales, de servicios o industriales.

IV. Los generados por las actividades agrícolas, avícolas, forestales y pecuarias, incluyendo los residuos de insumos utilizados en esas actividades.

V. Los de servicios de transporte, generados como consecuencia de las actividades que se realizan en terminales de transporte.

VI. Los residuos de la demolición, mantenimiento y construcción civil en general.

VII. Los residuos tecnológicos provenientes de las industrias de informática, fabricantes de productos electrónicos o de vehículos automotores y otros que al finalizar su vida útil y que, por sus características, requieran de un manejo específico.

VIII. Los lodos provenientes del tratamiento de aguas residuales.

IX. Los neumáticos usados, muebles, enseres domésticos usados en gran volumen, plásticos y otros materiales de lenta degradación.

X. Los de laboratorios industriales, químicos, biológicos, de producción o de investigación, a excepción de los considerados como peligrosos.

XI. Los residuos de tiendas departamentales, centros comerciales, mercados, centrales de abasto y tianguis, generados en grandes volúmenes.

XII. Residuos Industriales no peligrosos generados en instalaciones o por procesos industriales que no presentan características de peligrosidad, conforme a la normatividad ambiental.

En México, la dependencia que se encarga de normar, analizar, regular y dictaminar en cuestión de estos tipos de residuos, es la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Además, cada Estado cuenta con su propia Ley para la prevención y gestión integral de los residuos, por lo que es muy importante consultarla, para saber si se trata de la misma clasificación para cada categoría de residuos.

Espero les haya sido útil la información.

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